La sociedad civilizada se ha compuesto en familias, grupo de personas que regularmente conviven en el mismo medio y que comparten entre ellos sangre o nombre, ha sido necesario que los seres humanos se agruparan de esta forma a razón de la sobrevivencia y del patrimonio.
Una de las formas en que mediante el derecho se da esta familia es mediante el matrimonio, esta institución ha ido evolucionando con el paso del tiempo y con las necesidades de la población, es decir con la sociedad, sin embargo , su esencia sigue siendo la misma , la razón del nacimiento de un vínculo entre dos personas.
Actualmente y según nuestro derecho civil se puede contraer matrimonio por separación de bienes.
1.- ¿ Bajo que régimen se contraer matrimonio en la Ciudad de México?
Sociedad Conyugal o Bienes Mancomunados y Separación de Bienes.
2.- ¿ Qué significa contraer nupcias bajo el Régimen de Separación de Bienes?
es decir cada quien conserva la propiedad de lo que produzca, sin embargo en el momento del divorcio si hay una gran diferencia de lo producido entre las partes durante la vigencia del matrimonio, y uno de ellos se quedó al cuidado de la familia y el hogar (es decir no trabajo) podrá tener derecho a una compensación (que se explica en otro capitulo ).
3.- ¿ Qué significa contraer nupcias bajo el Régimen de Bienes Mancomunados o Sociedad Conyugal?
Es que ambas personas en el matrimonio aportan para acrecentar el patrimonio de la sociedad conyugal y son dueños al 50% de todo lo que produzca durante el matrimonio, por lo que durante la vigencia de dicha sociedad se necesitara la firma de ambos cónyuges para la venta de cualquier propiedad.
4.- ¿ Que sucede si me divorcio y me encuentro bajo sociedad conyugal?
En caso de divorcio o de que así lo decidan los cónyuges se podrá disolver la sociedad conyugal es decir darla por terminada , como podría ser por ejemplo. por conveniencia de alguno de los cónyuges evitando el mal uso de su patrimonio, sin embargo, cuál el matrimonio no ha funcionado y se busca el divorcio uno de los aspectos más importante es saber si existe una sociedad conyugal y de ser así buscar que la disolución sea lo más beneficioso para las partes.
5.- ¿ En que casos cesa la Sociedad Conyugal?
La sociedad conyugal termina por:
- Disolución del matrimonio.
- Voluntad de los consortes.
- Petición de uno de los cónyuges.
- Sentencia que declare la presunción de muerte del cónyuge ausente.
6.- ¿ Qué son las capitulaciones matrimoniales?
Es muy posible que antes de celebrado el matrimonio, los futuros cónyuges lleguen a un acuerdo por escrito donde se establezcan que conformará la sociedad conyugal y de qué forma se llegaría está a liquidar.
7.- ¿ Qué debe de contener las capitulaciones matrimoniales?
Se manifiesta que bienes entraran y quien será el administrador de los mismos, pudiendo modificar por mutuo acuerdo dichos puntos en el futuro.
8.- ¿ Qué procede si no existen capitulaciones matrimoniales?
De no existir capitulaciones matrimoniales y en la necesidad de la liquidación de la sociedad conyugal se debe buscar que esta se lleve a cabo de la forma más equitativa posible, por lo que se deberá observar quien aportó más a la sociedad, en tiempo, trabajo y bienes que se puedan traducir en dinero, así como si existen acreedores alimentarios. Al disolverse la sociedad se formará un inventario en el cual no quedarán incluidos los objetos de uso personal de cada parte, los vestidos, ni el lecho. Una vez que se tenga, serán pagados los créditos que existieren contra el fondo social, se restituirá a cada esposo lo que aportó al matrimonio y el resto se dividirá al 50% para cada uno.
Por lo antes expuesto es necesario que cada cónyuge cuente con un perito en derecho para que se lleve a cabo la disolución de la sociedad conyugal velando por que los intereses de su mandante.